Castrillo Alonso Abogados

Derecho Laboral · Diferencias salariales

¿Cobras menos que otro compañero haciendo prácticamente el mismo trabajo?

Dos trabajadores no tienen necesariamente derecho a cobrar exactamente lo mismo. Pero cuando sus puestos, responsabilidades y condiciones son materialmente comparables, una diferencia retributiva debe poder explicarse.

Una reciente resolución vuelve a poner el foco en los complementos salariales y en la necesidad de analizar las funciones realmente realizadas, no simplemente el nombre que aparece en el contrato.

Eduardo Castrillo abogado laboralista diferencias salariales
Eduardo Castrillo AlonsoAbogado laboralista. Reclamaciones salariales, funciones superiores, complementos y conflictos retributivos.
ClaveNo basta con tener el mismo cargo
ComparaciónImportan las funciones reales
EmpresaDebe existir una razón objetiva
ReclamaciónPueden reclamarse diferencias salariales
La pregunta correcta

No es “¿tenemos el mismo puesto?”, sino “¿nuestras situaciones son realmente comparables?”

El análisis exige estudiar funciones, responsabilidad, jornada, convenio aplicable, equipos gestionados, objetivos, experiencia, complementos y sistema retributivo.

Funciones

Qué haces realmente cada día, más allá de la categoría formal.

Responsabilidad

Personal gestionado, decisiones, presupuesto y capacidad de mando.

Condiciones

Jornada, disponibilidad, horario y otras obligaciones del puesto.

Retribución

Salario base, complementos, bonus, variable e incentivos.

Una diferencia salarial puede ser perfectamente válida

La empresa puede establecer sistemas retributivos diferentes cuando existen razones objetivas relacionadas con el puesto o con las condiciones en las que se presta el trabajo.

Experiencia, responsabilidad, productividad, jornada, objetivos o un complemento personal consolidado pueden ser elementos relevantes.

El problema aparece cuando nadie sabe explicar la diferencia

Puestos sustancialmente comparables.
Mismo convenio o régimen salarial.
Funciones de naturaleza similar.
Responsabilidades equiparables.
Complemento superior sin razón acreditada.
Prueba

Qué documentos pueden demostrar que llevas años cobrando menos

Nóminas

Permiten identificar complementos y evolución retributiva.

Convenio

Determina categorías, funciones y sistemas salariales.

Organigramas

Pueden reflejar responsabilidades equivalentes.

Correos y funciones

Acreditan qué trabajo realizabas realmente.

En trabajadores con antigüedad y puestos de responsabilidad, un complemento aparentemente pequeño puede convertirse en una reclamación económica relevante cuando la diferencia se ha mantenido durante años.

¿Y si realizo funciones de una categoría superior?

Es un problema distinto, aunque frecuentemente relacionado. Debe estudiarse si las tareas reales corresponden a otra clasificación profesional y qué efectos salariales o profesionales permite reclamar el convenio y la legislación laboral.

No toda desigualdad es discriminación

Puede existir una diferencia salarial jurídicamente discutible sin que automáticamente exista vulneración de un derecho fundamental.

Si además la diferencia está vinculada a sexo, edad, discapacidad, origen, actividad sindical u otra causa protegida, el análisis cambia sustancialmente.

¿Llevas años haciendo lo mismo que otro responsable y cobras menos?

En Castrillo Alonso Abogados revisamos funciones, convenio, complementos, nóminas y estructura retributiva para determinar si existe una diferencia reclamable.

Preguntas frecuentes

Diferencias salariales entre compañeros

¿Tenemos derecho a cobrar lo mismo si tenemos el mismo cargo?

No necesariamente. Deben compararse las funciones, responsabilidades, condiciones y sistema retributivo.

¿Puedo reclamar complementos de años anteriores?

Las reclamaciones salariales están sujetas a prescripción, por lo que debe analizarse inmediatamente qué cantidades siguen siendo exigibles.

¿Cómo sé cuánto cobra realmente otro compañero?

Durante el procedimiento pueden utilizarse mecanismos de prueba e información retributiva, dependiendo de las circunstancias.

¿Me pueden despedir por reclamar?

La empresa no puede legítimamente adoptar represalias por el ejercicio de derechos. Si sucediera, habría que analizar la garantía de indemnidad.